Las prácticas académicas externas permiten a los estudiantes de la Universidad acercar la formación universitaria que reciben a la realidad empresarial.

Las prácticas externas son, ante todo, un periodo formativo para el estudiante que completa su formación académica, que se diferencia del resto de la formación, en que tiene por objetivo poner en práctica los conocimientos teóricos adquiridos durante la misma, en un escenario distinto al aula.

Tipos de Prácticas

Según el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, en su artículo 4 se señala que las prácticas académicas externas serán curriculares y extracurriculares.

a) Las prácticas curriculares se configuran como actividades académicas integrantes del Plan de Estudios de que se trate.

b) Las prácticas extracurriculares, son aquellas que los estudiantes podrán realizar con carácter voluntario durante su periodo de formación y que, aun teniendo los mismos fines que las prácticas curriculares, no forman parte del correspondiente Plan de Estudios. No obstante, serán contempladas en el Suplemento Europeo al Título (SET) conforme la normativa vigente.

Documentos

Para el inicio de las prácticas académicas externas, ya sean curriculares o extracurriculares, será condición indispensable que se hayan tramitado, con carácter previo los siguientes documentos:

Este documento vincula al/la estudiante con la Entidad Colaboradora y con la Universidad en el desarrollo de sus prácticas académicas externas. Contiene el Actualizado al 19/09/2023 programa formativo, características de las prácticas, datos del estudiante, tutor académico y tutor laboral.

Además, y según los casos en que proceda, se contratará un seguro complementario o se tramitará el alta en la Seguridad Social por parte de la Entidad Colaboradora si media remuneración (prácticas académicas externas remuneradas).