Viernes, 07 Julio 2023 14:08

Comparecencia de Manuel Torralbo Rodríguez sobre el pronunciamiento del Tribunal de Cuentas Destacado

Escrito por G.C.
Manuel Torralbo, en un momento de su comparecencia ante los medios de comunicación. Manuel Torralbo, en un momento de su comparecencia ante los medios de comunicación. G.C.-F.S.

El rector de la Universidad de Córdoba, Manuel Torralbo Rodríguez, ha comparecido hoy ante los medios de comunicación para informar detalladamente sobre el pronunciamiento del Tribunal de Cuentas que le declara responsable contable por alcance por la prescripción de una parte una subvención concedida por la Junta de Andalucía en 2008. El procedimiento afecta al periodo en que Torralbo fue secretario general de Universidades, Investigación y Tecnología de la entonces Consejería de Economía y Conocimiento de la Junta de Andalucía. 

Reproducimos a continuación el contenido íntegro de su comparecencia: 

Declaración de Manuel Torralbo Rodríguez sobre el pronunciamiento del Tribunal de Cuentas

"Buenas tardes.

Agradezco vuestra asistencia a esta comparecencia. Como sabéis, esta semana me encontraba de viaje en Honduras en un desplazamiento institucional. Quería a mi regreso, esta misma mañana, tener ocasión de comparecer públicamente e informar detalladamente de mis alegaciones ante el reciente pronunciamiento del Tribunal de Cuentas que me declara responsable contable por alcance por la prescripción en el tiempo que desempeñé el cargo de secretario general de Universidades de la Junta del derecho al reintegro de 26.523,60 euros correspondientes a una subvención otorgada en 2008 a la Red de Espacios Tecnológicos de Andalucía (RETA) y ponerme a disposición de los medios para lo que requieran.

En primer lugar, creo que es importante puntualizar que este pronunciamiento se circunscribe a un procedimiento meramente administrativo, que afecta al periodo en el que fui secretario general de Universidades, Investigación y Tecnología de la entonces Consejería de Economía y Conocimiento de la Junta de Andalucía. Hablamos, por tanto, de un pronunciamiento sobre una responsabilidad administrativa que nada tiene que ver con la Universidad de Córdoba. En ningún caso, sobre desviación de fondos o presuntas conductas delictivas a las que de manera injuriosa ha hecho referencia un medio de comunicación atentando contra mi derecho al honor. En este procedimiento a nadie se le imputa haberse lucrado con fondos públicos.

Creo que es importante definir el relato cronológico de los hechos contenidos en el dictamen del Tribunal de Cuentas, aunque muchos de Vds. ya lo han hecho en sus medios:

La subvención objeto de la demanda fue concedida el 7 de mayo de 2008 por importe de 1.874.277,39 euros. El plazo de justificación de esta concluyó el 14 de enero de 2013, dos años y medio antes de mi nombramiento como secretario general de Universidades el 14 de julio de 2015. A este incidente es precisamente, al que se refiere el informe de fiscalización de la Cámara de Cuentas de la Junta de Andalucía que ha dado lugar al ejercicio del procedimiento por responsabilidad contable.

Del mismo modo, queda acreditado que no ocupaba el cargo de secretario general el 28 de marzo de 2014, fecha en que se inició el plazo de prescripción de la citada subvención. Tras mi toma de posesión, 16 meses después de que comenzara el cómputo de los cuatros años de prescripción y en el traspaso de poderes entre las Consejerías, no recibí notificación alguna de los expedientes cuyo vencimiento prescriptivo estaba próximo ni durante mi etapa en el cargo recibí aviso de esa posible prescripción. En definitiva, los hechos mencionados son anteriores a mi toma de posesión. A este respecto, es importante también señalar que no había en ese momento un sistema de información disponible en la Junta de Andalucía que permitiera de manera centralizada controlar los hitos administrativos, notificaciones y recepciones de las actuaciones administrativas tendentes a interrumpir el cómputo de un posible reintegro. La implantación del sistema contable de la Junta fue paulatina y, en ningún caso, servía para tal finalidad.

Por otra parte, este expediente en concreto hay que situarlo en un contexto. Durante el tiempo que ocupé el cargo de secretario general de Universidades asumí las justificaciones pendientes por un total de 494, 9 millones de euros, junto con miles de millones ejecutados en el Sistema Andaluz del Conocimiento. A eso hay que sumar la carencia de medios de personal cualificado para realizar esa labor y que la ausencia de un sistema de información corporativo hacía que esta tarea de revisión de justificaciones pendientes se realizara de manera manual y en papel.

Durante el tiempo que desempeñé el cargo de secretario general este problema estructural pudo reconducirse gracias a la adopción de una serie de medidas para el mejor cumplimiento de las obligaciones y al esfuerzo y especial dedicación del personal destinado a este complejo cometido, lo que evidencia unas diligencias acordes con la responsabilidad y gravedad del problema que hubo que atender, como queda constancia con la prueba documental adjunta a la contestación a la demanda. El hecho objeto del procedimiento es un desafortunado caso aislado de un importe de 26.523,60 euros, entre ciento de millones de euros justificados y resueltos en los casi cuatro años que estuve al frente de la Secretaría General de Universidades, como bien conocen las universidades, institutos de investigación y centros tecnológicos.

Con fecha de 20 de enero de 2020, la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología declara la prescripción del derecho de la Administración a reconocer el reintegro parcial de la subvención concedida a la Red de Espacios Tecnológicos de Andalucía (RETA) por haber transcurrido más de cuatro años desde que pudo reconocerse o liquidarse el reintegro. En dicha declaración también se resuelve “que no se considera que existan hechos que determinen la exigencia de responsabilidad contable”. Es una contradicción que la Secretaría General, órgano gestión de la subvención, afirme en 2020 que no hay responsabilidad contable y después, el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía decida presentar demanda cuando su informe preceptivo considera que “de la documentación obrante en el expediente no puede presumirse la existencia de ese elemento subjetivo necesario para la existencia de esa responsabilidad contable”, cito textualmente.

Con posterioridad, un informe de la Junta de Andalucía de 11 de abril 2022 acredita que la actividad subvencionada se ejecutó y se consiguieron los objetivos de la misma. Hay que dejar claro que la actividad se justificó completamente y que el menoscabo efectivo no ha existido.
En definitiva, no puede afirmarse que tuviera un conocimiento de estas actuaciones precedentes a mi toma de posesión ni consta en el expediente el mínimo indicio de la existencia de un descuido inexcusable por mi parte. Requisito éste último exigido por la jurisprudencia del propio Tribunal de cuentas. El pronunciamiento del Tribunal de Cuentas en primera instancia no concreta qué debía hacer y no hice.

Por todo ello considero no fundamentada la responsabilidad contable por alcance que se me imputa en el pronunciamiento del Tribunal de Cuentas por lo que interpondré recurso de apelación ante la propia Sala del Tribunal de Cuentas y, en el supuesto de ser necesario, recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

En caso de no obtener los resultados esperados, haré frente a esta cuestión con mi patrimonio.

Muchas gracias."

Manuel Torralbo Rodríguez
Córdoba, 7 de julio de 2023

 

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